Sentencias a favor de accionistas de Bankia en Valencia

Sentencias a favor de los accionistas de Bankia

Aquellas personas que invirtieron su dinero en acciones Bankia en julio de 2011, están de enhorabuena pues los Juzgados valencianos ya empiezan a pronunciarse al respecto, y en sentido favorable para los accionistas de Bankia, por lo que se favorece la reclamación judicial por la compra de acciones en la salida a Bolsa de Bankia.

De momento son dos las sentencias que podemos citar, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Valencia de fecha 6 de noviembre de 2014, y la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Lliria, de 10 de octubre de 2014, no obstante ambas se encuentran respaldadas por pronunciamientos también favorables de otros Juzgados españoles.
En dichas sentencias se invoca la existencia de error en el consentimiento provocado por la información que le suministro Bankia a la parte actora, la cual falto a la verdad en la comercialización de las acciones, concretamente en lo referente a la situación financiera de la entidad reflejando una situación de solvencia ficticia.

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El por qué de las sentencias favorables a los accionistas de Bankia

En dichas sentencias queda acreditado que Bankia promocionó por medios de comunicación su salida a Bolsa ofreciendo el producto como si de una empresa solvente se tratase, información que influye en la voluntad de compra del adquirente de las acciones hasta el punto de que sin esa imagen de solvencia el negocio no se hubiera realizado, reuniéndose así los requisitos de esencialidad y excusabilidad para apreciar la existencia de error en el consentimiento, así como la existencia de dolo al proporcionar una incorrecta información contable respecto de la adquisición de acciones Bankia.

Como consecuencia de la apreciación de error en el consentimiento se declara la nulidad de la compra de las acciones, lo cual, al amparo del artículo 1303 del Código Civil, conlleva la restitución reciproca de las prestaciones objeto del contrato, concretamente Bankia debe abonar a la actora la cantidad invertida en acciones más los intereses legales desde la fecha de la compra, debiendo restituir la demandante los títulos adquiridos y los rendimientos percibidos en el caso de que los hubiera.

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