DEL CONCURSO EXPRESS AL CONCURSO SIN MASA
El pasado 6 de septiembre de 2022 se publicó en el BOE la reforma del texto refundido de la Ley Concursal, la Ley 16/2022 de 5 de septiembre.
Una de las novedades es sin duda la desaparición de los llamados concursos express, sustituido en la reforma de la Ley Concursal por un nuevo procedimiento regulado en los arts. 37. Bis al 37 quinquies, el llamado concurso sin masa
El procedimiento puede resultar especialmente atractivo para empresas que están en situación de insolvencia, sin bienes, o con escasos bienes, cuyo coste de realización sea manifiestamente desproporcionado con respecto a su previsible valor, que son inviables y pretenden disolverse, de una forma ”legal”.
Con el nuevo procedimiento de concurso sin masa, tras la solicitud del concurso el juez dictara el auto declarando el concurso de acreedores, y se inicia el llamamiento a los acreedores que representen al menos el 5% del pasivo, y que dispondrán de un plazo de quince días para solicitar el nombramiento de administrador concursal, y cuyos honorarios serán a cargo del acreedor que lo solicite, lo que sin lugar a dudas será un desincentivo para que esta situación se produzca.
.En caso de no solicitar ningún acreedor el nombramiento de administrador concursal el concurso concluirá.
Cabe recordar que aproximadamente el 50% de los concursos que se presentan en nuestro país son concursos sin masa, y que la actual situación de existencia de las llamadas empresas zombis, que tras la pandemia han sobrevivido con algún crédito ICO pero no han podido superar la crisis, hace previsible la existencia de más concursos sin masa, con la consiguiente necesidad de agilizar el procedimiento, en aras a salvaguardar el buen funcionamiento de los juzgados delo mercantil, reducir el coste del proceso, y la propia mejora de nuestra economía, con un sistema ágil y eficaz de insolvencia empresarial que permita a los empresarios con problemas volver a empezar, volver a generar riqueza y puestos de trabajo.
El concurso sin masa es la mejor forma legal de cerrar esa empresa, que no esta funcionando, y que está generando deudas.
Si tu empresa se encuentra en situación de insolvencia, consulta con nuestro despacho, te aconsejaremos y guiaremos en la adecuada preparación del concurso sin masa y en la tramitación del mismo.
LUCAS ABOGADOS.
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